Primera demanda colectiva contra España en el Consejo de Europa por la Cañada Real

Primera demanda colectiva contra España en el Consejo de Europa por la Cañada Real

El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) del Consejo de Europa publica este martes en su página web la recepción de la primera reclamación colectiva contra España por la situación del poblado chabolista de Cañada Real.


Si no te convence, ¡darse de baja es un clic!
Estoy de acuerdo con los Términos y condiciones y los Política de privacidad




Diez meses después de que España ratificara la Carta Social Europea revisada de 1996, que supone la aceptación del sistema de reclamaciones colectivas de sindicatos y ONG para mejorar el respeto de los derechos socio-económicos, esta es la primera demanda que se acoge al dispositivo.

La reclamación, registrada el 2 de marzo, invoca los derechos recogidos en esa Carta Social Europea sobre la vivienda (artículo 31), de protección social, jurídica y económica de la familia y los menores (16 y 17); de protección contra la pobreza y la exclusión social (30), así como medidas para mejorar la salud (11).

También se refiere a otros artículos sobre la protección social de los mayores (23), sobre la autonomía, integración social y participación de discapacitados (15); sobre la igualdad de oportunidades (20), sobre el empleo sin conflicto por responsabilidad familiar (27), y por la no discriminación (artículo E).

El procedimiento contra España ha sido presentada por Defence for Children International, la Federación Europea de las Personas sin Techo (Feantsa), Magistrados Europeos para la Democracia y las Libertades (Medel), Comisiones Obreras y el ATD Cuarto Mundo.

Se centra en el apagón eléctrico que comenzó en octubre de 2020 y que se mantiene en dos sectores de la Cañada Real Galiana, "por las plantaciones intensivas de marihuana". Afecta a 4.500 habitantes, entre ellos 1.800 niños.

Los demandantes han solicitado al CEDS que le dé prioridad a su examen "por la gravedad de la situación a la que se refiere".

A partir de ahora, este organismo deberá primero pronunciarse sobre si la considera admisible, para después analizarla y publicar una decisión sobre el fondo de la queja. Es decir, si la actuación del Estado se ajusta o no a las disposiciones de la Carta Social Europea.

Las decisiones del comité deben ser respetadas por el Estado demandado, aunque no se imponen directamente en el ordenamiento jurídico interno.

Tienen carácter declaratorio, por lo que las autoridades nacionales están obligadas a tomar medidas para darles efecto en la legislación.

El CEDS tiene pendientes de decisión 36 demandas colectivas que está examinando. Las dos más antiguas se presentaron en 2017. Entre ellas, once contra Francia, diez contra Italia, tres contra Bélgica y dos contra Portugal.

 

Escribir un comentario

Enviar

Publish the Menu module to "offcanvas" position. Here you can publish other modules as well.