Las nuevas medidas contra el coronavirus en la Comunidad de Madrid

 

A partir de las 00.00 horas del domingo 9 de mayo, con el fin del estado de alarma, entran en vigor nuevas medidas contra el coronavirus en la Comunidad de Madrid, como la ampliación hasta las doce de la noche del horario de apertura de los bares, y desaparecen otras como el toque de queda.

Además estarán permitidas tanto las reuniones de no convivientes en domicilios como las de más de seis personas en cualquier espacio público o privado, aunque la Consejería de Sanidad recomienda evitarlo.


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El uso de mascarilla sigue siendo obligatorio con las mismas condiciones que hasta ahora, esto es, tanto en interiores como en exteriores, permitiéndose cesar su uso en establecimientos de hostelería exclusivamente en el momento de la ingesta de comida y bebida.

Las medidas están recogidas en una orden de la Consejería de sanidad, que publica este sábado el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

La Consejería de Sanidad señala que las medidas recogidas en esta orden resultan "idóneas, proporcionales, necesarias y justificadas", ya que su finalidad es controlar la transmisión y propagación de la enfermedad con el fin de garantizar y proteger el derecho a la vida, a la integridad física y a la salud de la población en su conjunto.

Afectan tanto a la forma de actuar del conjunto de la ciudadanía mientras no finalice la situación de crisis, como a la manera en la que se deben desarrollar temporalmente las actividades propias de los diferentes sectores económicos, productivos, comerciales, profesionales, educativos o sociales de la región.

La orden mantendrá su vigencia hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria de acuerdo con lo previsto en la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

PRINCIPALES LIMITACIONES ELIMINADAS

- Desaparece el toque de queda, hasta ahora vigente entre las 23 y las 6 horas.

- Se podrán reunir personas no convivientes en domicilios, poniendo fin a la prohibición vigente desde el 25 de enero. La Consejería recomienda no obstante que las agrupaciones sean sólo de convivientes.

- Por primera vez desde el 29 de julio de 2020 no habrá limitación alguna a las agrupaciones de personas tanto en espacios públicos como privados. La Consejería recomienda que sean de un máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes.

- Además, los madrileños podrán desplazarse a otras comunidades autónomas ya que desaparecen los cierres perimetrales que seguían en vigor en casi toda España.

HOSTELERÍA

- Los bares y restaurantes podrán abrir hasta las doce de la noche, una hora más que hasta ahora, aunque a partir de las 23 horas ya no podrán admitir nuevos clientes.

- Se mantiene la limitación de comensales a cuatro personas por mesa en el interior y seis en terraza.

- El consumo en barra sigue prohibido.

- El aforo máximo es de 75 % en exteriores y 50 % en interiores.

RECINTOS CULTURALES

- Los cines, teatros y auditorios podrán alargar sus funciones hasta las doce de la noche, no pudiendo empezar las sesiones después de las 23 horas.

- Sigue siendo necesario acudir con una butaca preasignada y dejar una butaca libre entre espectador y espectador, con el aforo limitado al 75 %.

- Las mismas normas rigen para salas multiusos polivalentes, recintos destinados a espectáculos públicos y recintos taurinos, aunque en este caso con un aforo del 50 %.

- En museos y monumentos, seguirán como hasta ahora con un aforo al 75 % y visitas en grupo de un máximo de 10 personas.

- Las bibliotecas seguirán igualmente con una ocupación máxima del 75 %.

OTROS ESTABLECIMIENTOS

- Los centros comerciales podrán abrir una hora más, hasta las once de la noche, con el aforo limitado al 75 % de su capacidad máxima.

- Las instalaciones deportivas y gimnasios abrirán hasta la misma hora, con el aforo en interior restringido al 50 %.

- En los lugares de culto se limita el aforo con carácter general al 50 %.

- En velatorios y entierros, no hay tampoco variación, ya que se mantienen las 50 personas al aire libre y de 25 en espacios cerrados.

- Las academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada mantendrán como hasta ahora un aforo del 75 %.

- También queda igual el aforo máximo en parques recreativos infantiles (40 %); los parques de atracciones, zoos, acuarios y centros recreativos turísticos (60 %); las ferias comerciales, congresos, reuniones o juntas de propietarios (75 %); y los locales de juego, apuestas, casino y el Hipódromo (50 %), todos ellos pudiendo abrir hasta las 00:00 horas.

RESTRICCIONES EN ZONAS BÁSICAS DE SALUD

La Comunidad de Madrid quiere mantener los confinamientos perimetrales que, desde meses atrás, ha venido aplicando a las zonas básicas de salud (ZBS) en las que detecta una elevada incidencia del coronavirus.

A partir de las cero horas del lunes 10 de mayo quedarán perimetradas un total de catorce zonas básicas de salud, en las que viven 351.776 personas, el 5,2 por ciento del total de los habitantes de la región y concentran el 6,4 por ciento de los casos en los últimos catorce días.

Esta medida ha sido sometida para su ratificación al Tribunal Superior de Justicia (TSJM), que ya ha dado el visto bueno para las zonas básicas de salud de Daroca y Vicente Muzas en los distritos de Ciudad Lineal y Hortaleza de la capital, respectivamente, además de Las Ciudades (Getafe), Las Rozas (Las Rozas) y Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes).

 

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