
El Juzgado de Primera Instancia nº67 de Madrid ha condenado a una sociedad médica al pago de una indemnización de 122.000 euros a una paciente por las "graves" secuelas sufridas al someterse a una sencilla prueba diagnóstica vesical.

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La sentencia reconoce el perjuicio que ha sufrido la paciente por "pérdida de calidad de vida", a raíz de una denuncia de la asociación El Defensor del Paciente por mala praxis.
En el año 2013, la paciente identificada por las iniciales S.M., de 57 años, fue sometida a una cistoscopia que quedó programada para el día 15 de marzo de 2013.
La paciente ingresó en el Hospital de SegurCaixa Adeslas donde se llevó a cabo, bajo sedación, la cistoscopia con realización, finalmente de RTU, sin que nadie le explicara los riesgos de la prueba.
La paciente recibió al alta hospitalaria ese mismo día a pesar de presentar hematuria y malestar, y durante los días posteriores empezó a tener fiebre.
Tras varias llamadas a la clínica y al médico, la paciente decidió acudir al Servicio de Urgencias del Hospital La Paz donde se llevó a cabo una ecografía abdominal que evidenció sepsis urinaria grave de difícil manejo secundaria a la RTU.
Inmediatamente fue ingresada en REA y se detectó la existencia de una fístula vesicovaginal yatrógena, es decir, consecuencia de la RTU.
La asistencia sanitaria se prolongó durante meses y dejó graves secuelas, como una fístula vesicovaginal, eventración abdominal, entre otras.
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