El Gobierno de la Comunidad impulsa una ley para que la Asamblea de Madrid no pueda nombrar jueces

El Gobierno de la Comunidad impulsa una ley para que la Asamblea de Madrid no pueda nombrar jueces

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, que preside Isabel Díaz Ayuso, ha aprobado la Proposición de Ley con la que se pretende eliminar la potestad de la Asamblea de Madrid para proponer una de cada tres plazas de juez de las Salas de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

El objetivo de esta modificación legislativa es permitir que los magistrados de estas salas sean nombrados directamente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), según han informado el vicepresidente, Ignacio Aguado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno y el consejero de Justicia, Enrique López, en rueda de prensa.


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López ha hecho hincapié en que esta iniciativa va en "la línea contraria" de la que quieren impulsar los partidos del Gobierno Central (PSOE y Podemos) en el Congreso, que, a su parecer, busca "politizar la Justicia" y poner en cuestión su "imagen de imparcialidad".

La Proposición de Ley aprobada este miércoles conlleva la modificación de dos artículos: el 330.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el 13.2 de la Ley 38/1998, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial. Ya en abril el Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó por mayoría el informe del anteproyecto de proposición de ley para modificar ambas leyes.

En el primero de ellos se propone que en las Salas de lo Civil y lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, el CGPJ sea el encargado de cubrir por concurso una de cada tres plazas por un jurista de reconocido prestigio con más de diez años de ejercicio profesional en la comunidad autónoma. Hasta ahora la elección se realiza, a partir de una terna, a propuesta de la Asamblea de Madrid.

Con el cambio legislativo planteado, las restantes plazas también serán cubiertas por magistrados nombrados a propuesta del CGPJ entre los que lleven diez años en la categoría y en el orden jurisdiccional civil o penal y tengan especiales conocimientos de derecho civil, foral o especial, propio de la Comunidad, como ya se hace en la actualidad.

En el otro artículo que se modifica, se suprime la propuesta de nombramiento entre la terna promovida por la Asamblea de Madrid y, al igual que en el anterior punto, se sustituye por magistrados nombrados por juristas "de reconocido prestigio", en la forma prevista en el artículo 330 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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