El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado Madrid Central por defectos formales al considerar que no se cumplió con el trámite esencial de información pública y con la imprescindible memoria económica previa a la aprobación de la ordenanza.
La Sección Segunda de lo Contencioso ha estimado parcialmente en tres sentencias los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil DVuelta Asistencia Legal sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación, informa el TSJM.
La anulación parcial del acuerdo del Consistorio supone que, en el caso de que estas tres sentencias alcancen firmeza, todas las multas impuestas decaerán al carecer de sustento normativo, según indica el TSJM.