El alquiler turístico en Madrid resulta rentable si supera el 70 % de ocupación

El alquiler turístico en Madrid resulta rentable si supera el 70 % de ocupación

La rentabilidad del alquiler turístico en Madrid se equipara al de una vivienda residencial siempre que alcance, como mínimo, un 70 % de ocupación, lo que supone tener al inquilino más de 21 noches al mes, una cifra superior en 36 noches/año a la que se necesitaba en 2018, según un estudio de Alquiler Seguro.


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En el caso de Barcelona, para ser rentable, una vivienda turística necesita un porcentaje de ocupación del 60 %, lo que equivale a estar alquilada más de 18 noches al mes.

Con estos datos, Alquiler Seguro señala que el alquiler turístico es menos rentable que hace un año.

En Madrid, las zonas dónde una vivienda destinada al alquiler turístico necesita menor porcentaje de ocupación para igualar la rentabilidad del residencial se sitúan en los distritos de Chamartín, Centro, Fuencarral-El Pardo y Salamanca, donde es necesario que el inquilino habite un mínimo de 18 noches (60 % de ocupación).

Por su parte, en los distritos de Arganzuela, Barajas, Carabanchel, Chamberí, Hortaleza, Moncloa-Aravaca, Retiro, Tetuán, Usera, La Latina, Puente de Vallecas, San Blas-Canillejas o Villaverde el porcentaje de ocupación mínima se eleva y oscila entre el 70 % y el 80 %.

En la Ciudad Condal, los distritos donde el porcentaje de ocupación necesario es menor son Eixample, Gracia y Les Corts, con un 50 % (15 noches al mes), mientras que en los distritos de Ciutat Vella, Horta Guinardó Nou Barris, Sant Andreu, Sants Monjuic, Sarriá-Sant Gervasi el porcentaje se eleva hasta el 60 % (18 noches al mes).

El estudio ha revelado que el precio y las noches varían en función de la zona donde esté ubicada y factores como la ocupación, los gastos o la tributación.

Alquiler Seguro ha señalado que los gastos se incrementan en el caso de los inmuebles turísticos dado que el pago de servicios como la luz, el agua, o el gas corresponden al propietario, mientras que en el residencial los asume inquilino.

Además, el arrendador de un inmueble destinado al alquiler residencial puede desgravarse hasta el 60 % de las tributaciones mientras que en el turístico no.

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