Abierta la campaña de vigilancia y control de aguas recreativas de Alcobendas

Abierta la campaña de vigilancia y control de aguas recreativas de Alcobendas

Durante los meses de verano, el Servicio de Salud municipal pone en marcha el Programa de vigilancia y control de aguas recreativas para reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de las instalaciones. Además de la inspección y análisis del agua de las piscinas, es fundamental la educación sanitaria de los usuarios y el correcto funcionamiento de las instalaciones.

En la Comunidad de Madrid, la normativa de obligado cumplimento la recoge el RD 742/2013, recientemente publicado, que establece los criterios técnicos sanitarios de las piscinas. Aunque se mantiene parcialmente en vigor el Decreto 80/1998, que regula las condiciones higiénicas y sanitarias de piscinas de uso colectivo, en todo lo que no se opone al nuevo decreto. Sin embargo, existen aspectos como la seguridad de los usuarios, la asistencia sanitaria y la competencia de las distintas administraciones que no contempla el decreto de 2013 y que son esenciales, debiendo cumplirse lo establecido en el RD de 1998 de la Comunidad de Madrid.


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Quince días antes de la apertura de la piscina es necesario presentar en el Servicio de Salud, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, una comunicación previa del responsable, declarando la apertura y manifestando que la instalación cumple los requisitos de ambos decretos; un análisis físico-químico y microbiológico del agua de los vasos, según Anexo I del RD 742/2013 y Anexo II del Decreto 80/1998; y el CIF o NIF del titular de la instalación cuando sea de nueva apertura.

También es necesario presentar cumplimentado el Libro de registro de control sanitario de piscinas, un libro que es obligatorio tener a disposición de las autoridades sanitarias que acudan a las instalaciones. Así como el original del contrato de los socorristas y documento acreditativo como socorristas acuáticos; el original del contrato y titulación del médico y/o DUE. Si procede también, la ficha técnica de los productos químicos que se utilizan en el tratamiento del agua y el certificado de tratamiento de desinfección, desinsectación y desratización emitido por una empresa autorizada.

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