Abierto el plazo de solicitud para tocar en el centro de Madrid

Abierto el plazo de solicitud para tocar en el centro de Madrid

Los músicos que quieran tocar en las calles y plazas del Distrito Centro de Madrid pueden presentar desde este jueves y durante 30 días su solicitud para pasar después, a mediados de noviembre, una "prueba de idoneidad" que les permita obtener la preceptiva autorización municipal.


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El plazo se ha abierto hoy después de que el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) publicara ayer el decreto de 7 de octubre del concejal presidente de Centro, David Erguido, por el que se aprueban las bases de la convocatoria pública por las que se regirá la obtención de la autorización para realizar actuaciones musicales en las vías o espacios públicos del distrito.

Las solicitudes, que se presentarán en los registros del Ayuntamiento, incluirán una descripción del tipo de actuación musical que se realiza, con indicación del número y modalidad de instrumentos a utilizar, el número de integrantes, sus datos y su currículum.

Comisión de Idoneidad

Después, "con el fin de garantizar unos estándares mínimos de calidad", los solicitantes deberán presentarse ante una Comisión de Idoneidad compuesta por al menos dos profesionales del ámbito musical, uno de los cuales ejercerá de presidente de la misma, y un secretario, que deberá ser personal funcionario o laboral del Ayuntamiento de Madrid.

Antes ellos se realizará una breve audición en la que el candidato interpretará su música de acuerdo con las indicaciones de la Comisión de Valoración, que valorará que el candidato disponga de un nivel de interpretación personal y no reproducida suficiente, "capaz de animar o entretener al público sin molestar a los vecinos o viandantes".

Respecto a los cantantes, deberán interpretar "suficientemente por sí mismos con el mínimo de música de acompañamiento".

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Distrito, dentro de la semana siguiente, publicará en el Tablón de Edictos y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento el calendario de las pruebas, señalando fecha, hora y lugar de celebración.

Normativa

La norma municipal establece que las actuaciones en Centro no deberán superar, salvo excepciones autorizadas, los límites sonoros establecidos en la ordenanza municipal de Protección contra la contaminación Acústica y Térmica y no está permitido el uso de elementos de percusión, amplificación o de reproducción sonora.

No podrán llevarse a cabo en las calles, plazas y espacios declarados Zona de Contaminación Acústica Alta en el Plan Zonal Específico de la Zona de Protección Acústica Especial del Distrito Centro.

Cuando existan residencias de mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias o centros docentes en horario lectivo, no podrán situarse a una distancia menor de 150 metros.

Los viales y espacios en zonas residenciales deberán contar con una anchura mínima de 7 metros y no podrán coincidir dos actuaciones musicales en una distancia inferior a 75 metros lineales.

La ubicación de los músicos no deberá impedir el libre tránsito de los peatones o vehículos por las vías y espacios públicos, para los que deben dejar al menos tres metros, la misma distancia a la que tendrán que situarse de las terrazas de veladores.

Solo se podrá tocar entre las 10 horas y las 22 horas, excepto en los meses de junio a septiembre en los que estará permitido hasta las 23 horas, con una pausa entre las 15 horas y las 17 horas en las que no estará permitido actuar.

Cada actuación en un mismo espacio no deberá prolongarse por un tiempo superior a dos horas y transcurrido ese plazo la actuación deberá interrumpirse un mínimo de una hora o desplazarse a otro punto que diste más de 500 metros del punto anterior.

La autorización, "personal e intransferible" y que "no puede ser objeto de cesión o subrogación", tendrá una vigencia de un año prorrogable automáticamente hasta un máximo de 5 años, transcurridos los cuales deberá presentarse nueva solicitud, aunque podrá ser revocada por incumplimiento de las condiciones.

"No se permitirá la mendicidad encubierta, ni los comportamientos incívicos, quedando sometidos en todo momento, a las instrucciones que por motivos de interés público puedan emanar de la Policía Municipal", se especifica.

 

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